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Pruebas médicas

Te mostramos el cuadro de exclusiones médicas más comunes que aparecen en las bases y las convocatorias de Policía Local y Guardia Urban.

CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS

Habitualmente aparecen al final de las bases en los anexos y suelen ser:

Antropometría

1. La dinamometría, con el estenómetro de Blok, inferior a las 30 divisiones en la mano dominante y en las 25 divisiones en la mano no dominante, papel que hace LOS hombres; e inferior a las 25 y 20 divisiones, respectivamente, en los manos Dominante y no Dominante, papel con respecto a las mujeres.

2. La Capacidad vital, obtenida con el espirómetro, inferior LOS 3’5 litros a los hombres y A 3 litros en las mujeres.

Enfermedades, lesiones y defectos físicos

  1. Aparato circulatorio
    • 1.1. Insuficiencia cardíaca en Todas las Suyas Posibles manifestaciones, independientemente de apo causa.
    • 1.2. Malformaciones de corazón o de grandes vasos.
    • 1.3. Lesiones adquiridas de corazón o de grandes vasos
    • 1.4. Trastornos de la conducción y del ritmo cardíaco
    • 1.5. Insuficiencia coronaria
    • 1.6. Pericarditis activa o residual
    • 1.7. Insuficiencia arterial periférica
    • 1.8. Insuficiencia venosa periférica
    • 1.9. Malformaciones arteriovenosas. Shunt y aneurismas arteriales. Linfedema.
    • 1:10. Hipertensión arterial. Hipotensión arterial sintomática.
  2. Aparato respiratorio
    • 2.1 Enfermedades respiratorias con repercusión permanente u ocasional en la Función respiratoria.
    • 2.2 Malformaciones o lesiones de las vías respiratorias altas o Bajas parénquima, pulmón, pleuras o tórax.
  3. Aparato genitourinal
    • 3.1 Malformaciones o lesiones del Trato genitourinario
    • 3.2. Disfunciones urogenitales crónicas
    • 3.3. Nefropatías de CUALQUIER etiología. Insuficiencia renal. Hidrofrenosi
    • 3.4. Litiasis del Tracto urinario crónica
    • 3.5. Prolapso genital femenino. Endometrosi
  4. Aparato digestivo
    • 4.1. Malformaciones o lesiones del aparato digestivo, incluidos el hígado, los vías biliares, el páncreas exocrino y glándulas salivales.
    • 4.2. Disfunciones que comprometan la masticación, la deglutació, la digestión o la excreción.
    • 4.3. Hernias y eventraciones no tratadas o recidivantes
    • 4.4. Úlcera gastroduodenal.
    • 4.5. Hepatopatías (incluyen alteraciones metabólicas)
    • 4.6. Enfermedad inflamatoria crónica intestinal y síndrome de mala absorción.
    • 4.7. Pancreopaties crónicas o recidivantes.
  5. Sistema hematopàtic: hemopatías que a Juicio de tribunal limiten el Ejercicio de la Función policial
  1. Aparato locomotor
    • 6.1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y ​​la agilidad de las extremidades, el tronco el cuello, o su repercusión estática.
    • 6.2. cualquier otro proceso del aparato locomotor que a juicio del tribunal dificulte el ejercicio de las funciones policiales.
  2. Trastornos psiquiátricos y sistema nervioso
    • 7.1. Cualquier tipo de psicosis o trastorno afectivo, neurótico o de personalidad que afecte un adecuado comportamiento social y laboral.
    • 7.2. Retraso mental, trastorno del desarrollo psicológico o trastorno orgánico que incapacite para las funciones propias del puesto al que aspira.
    • 7.3. Trastorno mental y del comportamiento causados ​​por consumo de sustancias psicotrópicas.
    • 7.4. Síntomas y / o signos clínicos biológicos indicadores de intoxicación exógena (detección de metabólicos de abuso de drogas en la orina).
    • 7.5. Epilepsia y / o antecedentes suyos. Convulsiones sin filiar.
    • 7.6. Malformaciones o lesiones del sistema nervioso central o periférico.
    • 7.7. Síndromes vertiginosos de cualquier etiología
    • 7.8. Temblor. Tics o espasmos.
    • 7.9. Trastornos del sueño.
  3. Glándulas endocrinas
    • 8.1. Malformaciones o disfunciones de las glándulas endocrinas o mixtas
    • 8.2. diabetes mellitus
  4. Infecciones: cualquier enfermedad infectocontagiosa (vírica, bacteriana, micótica o parasitaria).
  5. Órganos de los sentidos
    • 10.1 Lesiones que puedan dar trastornos de la sensibilidad epicrítica o protopática o del funcionalismo neuromotor.
    • 10.2. Agudeza visual monocular sin corrección inferior a 4/10.
    • 10.3. Queratotomía radial.
    • 10.4 Desprendimiento de retina.
    • 10.5 Estrabismo manifiesto y no corregido
    • 10.6 Hemianopsias o reducciones manifiestas del campo visual
    • 10.7 Discromatopsias
    • 10.8 Glaucoma
    • 10.9 Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos que realicen la prueba, dificulte de manera importante la agudeza visual
    • 10.10 Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 Hz a 35 dB o de 4.000 Hz a 45 dB.
    • 10.11 Malformaciones o lesiones del oído interno, medio o externo, que comprometan el buen funcionamiento o determinen afecciones crónicas.
    • 10.12 Malformaciones o lesiones de los órganos de la fonación (labios, paladar, boca, cuerdas vocales, etc.) que comprometan la función fonatoria normal.
    • 10:13 Trastornos en el habla. Tartamudez.
  1. Piel, faneras y glándulas exocrinas
    • 11.1 Malformaciones, tumoraciones y lesiones de la piel y las faneras que puedan comprometer la función policial.
    • 11.2. Cicatrices que por su extensión, profundidad y estética puedan comprometer la función policial o facilitar la identificación.
    • 11.3 Disfunciones de las glándulas exocrinas que comporten compromiso para la función policial
    • 11.4 Dermatosis generalizadas. Eccemas o psoriasis.
    • 11.5 Tatuajes que sean visibles con la uniformidad reglamentaria Comportará la exclusión de la convocatoria el tener tatuajes que cumplan alguna de las siguientes características: o Situados en brazos y donde, con la uniformidad de verano y para cada brazo, su parte visible supere, de manera individual para cada tatuaje o en su conjunto, los 70 centímetros cuadrados de extensión en su contorno. o Situados en la cabeza o Con un contenido contrario a los principios, valores y competencias establecidos en el Código de ética de la Policía de Cataluña (Acuerdo GOV / 25/2015, de 24 de febrero)
    • 11.6. Otras alteraciones dermatológicas que a juicio del tribunal limiten o dificulten el ejercicio de la función policial. 26
  2. Otros
    • 12.1. Procesos neoplásicos
    • 12.2. Procesos hereditarios con repercusión permanente sobre funciones orgánicas
    • 12.3. Enfermedades autoinmunes
    • 12.4. Diátesis alérgica
    • 12.5. Cualquier afección, lesión o disfunción que según el criterio facultativo pueda comprometer la función policial.

Comprobación de tatuajes

Dentro de la prueba médica suele estar incluida la comprobación de que los tatuajes se ajustan a las bases:

  • En cuanto a tatuajes que sean visibles con la uniformidad reglamentaria:
  • Comportará la exclusión de la convocatoria el tener tatuajes que cumplan alguna de las siguientes características:
    • Situados en brazos y donde, con la uniformidad de verano y para cada brazo, su parte visible supere, de manera individual para cada tatuaje o en su conjunto, los 70 centímetros cuadrados de extensión en su contorno.
    • Situados en la cabeza
    • Con un contenido contrario a los principios, valores y competencias establecidos en el Código de ética de la Policía de Cataluña (Acuerdo GOV / 25/2015, de 24 de febrero).

La comprobación de tatuajes implica el consentimiento de las personas participantes para que se les hagan fotografías de los tatuajes con el fin de ponerlas a disposición del tribunal calificador para su valoración.

En la revisión médica se realizará la comprobación del requisito de la altura si cabe.

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